Reuniones Sociales y Actividades al aire libre

Informamos que de acuerdo a la publicación de los decretos 1658 y 1661/2020 de la Municipalidad de Pilar, se autoriza la realización de reuniones sociales y la práctica de actividades físicas al aire libre.

Las reuniones sociales deberán realizarse al aire libre, sin exceder grupos de hasta 10 (diez) personas, y deberán conservar en todo momento el distanciamiento social mínimo de 2 (dos) metros.

Por otro lado se habilitan las actividades físicas al aire libre debiendo mantener un adecuado distanciamiento interpersonal y en grupos reducidos de hasta 10 (diez) personas.

Por último, informamos que en virtud de la publicación de la resolución 2653/2020 de la provincia de Buenos Aires, se permite la realización de actividades deportivas individuales todos los días de la semana.

Cabe señalar, que así como lo establecen estos decretos, estas medidas podrían dejarse sin efecto en cualquier momento por parte de las autoridades si se constata el incumplimiento de los protocolos. Solicitamos su colaboración para cumplir con las disposiciones y evitar sanciones u observaciones de las autoridades que pudieran derivar en retrocesos en las actividades que han sido habilitadas.

Decreto 1658/2020 de la Municipalidad de Pilar

Decreto 1661/2020 de la Municipalidad de Pilar

Resolución 2653/2020 de la Provincia de Buenos Aires